Trump firma prohibición del ingreso a EE.UU. para 12 países y restricciones para otros 7, incluidos Cuba y Venezuela El presidente resucitó su polémica política de prohibición de viajes de su primer mandato. Explicamos cuáles son las limitaciones para los viajeros afectados y las excepciones.
El presidente, Donald Trump, resucitó su política de prohibición de viajes de su primer mandato, tras firmar este miércoles por la noche una proclama que impide la entrada en Estados Unidos a personas procedentes de una docena de países. Entre los países afectados se encuentran Afganistán,
Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen. Además de la prohibición, que entrará en vigor a las 12:01 am del lunes, se endurecerán las restricciones a los visitantes procedentes de Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela.
La proclama de Trump precisa que “he decidido restringir y limitar parcialmente la entrada de ciudadanos de los siguientes siete países: Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela.
Estas restricciones distinguen entre la entrada de inmigrantes y no inmigrantes, pero se aplican a ambos”. “Debo actuar para proteger la seguridad nacional y los intereses nacionales de los Estados Unidos y de su pueblo”, amplió Trump en el documento.
La lista es el resultado de una orden ejecutiva emitida por Trump el 20 de enero en la que se exigía a los Departamentos de Estado y de Seguridad Nacional, así como al entonces director de Inteligencia Nacional, que elaboraran un informe sobre las “actitudes hostiles” hacia.
Estados Unidos y sobre si la entrada de ciudadanos de determinados países representaba un riesgo para la seguridad nacional. La proclama incluye exenciones para cualquier residente permanente legal de Estados Unidos, beneficiarios de visados especiales para inmigrantes afganos, visados diplomáticos, visados para familiares directos de inmigrantes y aquellos “pertenecientes a minorías étnicas y religiosas en Irán”.
También incluye excepciones en el caso de las adopciones, personas con doble nacionalidad que viajen con un pasaporte de un país sin restricciones y cualquier deportista o miembro de un equipo deportivo que viaje al país para participar en la Copa del Mundo o los Juegos Olímpicos.
Durante su primer mandato, Trump emitió una orden ejecutiva en enero de 2017 por la que se prohibía la entrada en Estados Unidos a los ciudadanos de siete países de mayoría musulmana: Irak, Siria, Irán, Sudán, Libia, Somalia y Yemen.
Fue uno de los momentos más caóticos y confusos de su joven presidencia. Los viajeros de esos países no pudieron embarcar en sus vuelos a Estados Unidos o fueron detenidos en los aeropuertos estadounidenses tras aterrizar.
Entre ellos había estudiantes y profesores, así como empresarios, turistas y personas que visitaban a amigos y familiares. La orden, a menudo denominada “prohibición musulmana” o “prohibición de viajar”, fue modificada en medio de impugnaciones legales, hasta que en 2018 la Corte Suprema confirmó una versión.
La prohibición afectó a diversas categorías de viajeros e inmigrantes de Irán, Somalia, Yemen, Siria y Libia, además de a norcoreanos y algunos funcionarios del Gobierno venezolano y sus familias.
Trump y otras figuras defendieron la prohibición inicial por motivos de seguridad nacional, y argumentaron que su objetivo era proteger al país y que no se basaba en prejuicios contra los musulmanes.
Sin embargo, el presidente había pedido una prohibición explícita de los musulmanes durante su primera campaña presidencial. Las limitaciones a las visas a cubanos La proclama de Trump especifica que “Cuba es un Estado patrocinador del terrorismo.
El Gobierno de Cuba no coopera ni comparte suficiente información policial con los Estados Unidos. Cuba se ha negado históricamente a aceptar la repatriación de sus nacionales deportables”.
El texto amplió que “según el Informe sobre estancias prolongadas, Cuba tenía una tasa de estancias prolongadas con visados B-1/B-2 de 7.69% y una tasa de estancias prolongadas con visados F, M y J del 18.75%”. La proclama indicó que “queda suspendida la entrada en Estados Unidos de ciudadanos cubanos como inmigrantes y como no inmigrantes con visados B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J”.
“Los funcionarios consulares reducirán la validez de cualquier otro visado de no inmigrante expedido a ciudadanos cubanos en la medida en que lo permita la ley”, subrayó el texto. Las restricciones a los venezolanos A la hora de argumentar las restricciones a los viajes de venezolanos a Estados Unidos,
el texto indicó que “Venezuela carece de una autoridad central competente o cooperativa para expedir pasaportes o documentos civiles y no cuenta con medidas adecuadas de selección y verificación”. Ampía que “Venezuela se ha negado históricamente a readmitir a sus nacionales expulsados. Según el Informe sobre estancias prolongadas,
Venezuela tenía una tasa de estancias prolongadas con visados B-1/B-2 del 9.83%”. Por lo tanto, precisó la proclama, “se suspende la entrada en los Estados Unidos de ciudadanos venezolanos como inmigrantes,
y como no inmigrantes con visados B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J”. Como en el caso de los cubanos, “los funcionarios consulares reducirán la validez de cualquier otro visado de no inmigrante expedido a ciudadanos venezolanos en la medida en que lo permita la ley”.